En México, el sistema electoral busca garantizar la igualdad de género, pero surge una pregunta importante: ¿puede una mujer ser suplente de un diputado propietario por mayoría relativa del sexo masculino? La respuesta es sí, y esto es posible gracias a criterios progresistas establecidos por el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). A continuación, te explicamos los fundamentos legales y criterios clave.
Fundamento Legal: Las Fórmulas Electorales
El artículo 232, párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) establece que las fórmulas de candidaturas deben estar integradas por personas del mismo género. Esto tiene como objetivo garantizar la paridad y promover la igualdad en la participación política.
Sin embargo, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en el caso SUP-REC-7/2018, determinó que este principio debe analizarse desde una perspectiva de género, para potenciar los derechos políticos de las mujeres. Este enfoque permite la integración de fórmulas mixtas, es decir, un hombre como propietario y una mujer como suplente.
Criterios de Paridad y Fórmulas Mixtas
La jurisprudencia del TEPJF y los lineamientos del INE permiten que las fórmulas electorales mixtas puedan presentarse en ciertas condiciones:
- Propietario hombre, suplente mujer:
- En las fórmulas encabezadas por hombres, la suplente puede ser mujer o también un hombre, dependiendo de la estrategia del partido o coalición.
- Si el diputado propietario hombre solicita licencia o renuncia, la mujer suplente asumiría el cargo, fomentando la presencia femenina en el órgano legislativo.
- Propietario mujer, suplente mujer:
- En las fórmulas encabezadas por mujeres, la suplente debe ser del mismo género para garantizar la representación femenina en caso de sustitución.
Esta flexibilidad permite maximizar la participación política de las mujeres en un marco que promueve la igualdad de oportunidades y fortalece la democracia paritaria.
Impacto de las Fórmulas Mixtas en la Participación Femenina
Permitir fórmulas mixtas tiene beneficios importantes:
- Aumenta las oportunidades para las mujeres. Se les da acceso a cargos de representación popular mediante roles de suplencia en fórmulas encabezadas por hombres.
- Refuerza la paridad de género. Contribuye a cumplir el objetivo de una representación equilibrada en los órganos legislativos.
- Fortalece la democracia. Una mayor diversidad en el Congreso impulsa decisiones más inclusivas y representativas de la sociedad.
Mayor Participación Femenina, Mayor Igualdad
En México, permitir que una mujer sea suplente de un diputado propietario hombre refleja un compromiso por garantizar la igualdad y fomentar la participación política femenina. Esta medida no solo promueve la inclusión, sino que también fortalece la representación democrática en el país.